Requisitos para acceder al programa de turismo del Imserso
Las personas residentes en España que reúnan alguno de los siguientes requisitos:
1. Ser pensionista de jubilación del sistema de Seguridad Social español.
2. Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del sistema de Seguridad Social español.
3. Ser pensionista por otros conceptos del sistema de Seguridad Social español o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años cumplidos o más años de edad.
4. Ser asegurado o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco años cumplidos o más años de edad.
2. Españoles residentes en el extranjero siempre que reúnan alguno de los requisitos incluidos en el apartado 1.a). Así, los españoles residentes en Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Noruega, Portugal, Reino Unido, Suecia y Suiza, podrán tramitarlo en las correspondientes Consejerías de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
3. Españoles de origen emigrantes que hayan retornado a España, siempre que sean pensionistas de los sistemas públicos de Seguridad Social del país o países a los que hubieran emigrado.
Las personas usuarias podrán ir acompañadas por su cónyuge o, en su caso, por pareja de hecho o persona con la que se constituye una unión estable y de convivencia con análoga relación de afectividad a la conyugal, sin necesidad de que estos reúnan los requisitos de edad o pensión.
Asimismo, podrán ir acompañadas de los/las hijos/as con discapacidad, en grado igual o superior al 45 por ciento, siempre que viajen con sus padres y se alojen en la misma habitación o, en su caso, abonen el suplemento establecido para habitaciones dobles de uso individual que estará sujeto a la disponibilidad de plazas.
En todo caso, las personas usuarias de plazas y sus acompañantes deben valerse por sí mismas para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
Modalidades de viaje
Zona Costa Peninsular: estancias en zonas de la Costa Peninsular de 10 y 8 días en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Comunitat Valenciana y en la Comunidad Autónoma de Cataluña.
Zona Costa Insular: estancias de 10 y 8 días en zonas de la Costa Insular (Comunidad Autónoma de Canarias y Comunidad Autónoma de Illes Balears).
Turismo de Interior, con estancias de 4, 5 y 6 días, con los siguientes tipos de viajes:
1. Circuitos culturales.
2. Turismo de naturaleza.
3. Viajes a capitales de provincia.
4. Viajes a las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
Servicios que se incluyen en el programa
Alojamiento en régimen de pensión completa, en habitación doble a compartir en hoteles seleccionados por el Imserso. En capitales de provincia el alojamiento será de media pensión. Se contempla el alojamiento en habitación individual, que tendrá un suplemento de precio y estará sujeto a disponibilidad de plazas.
Transporte de ida y vuelta en el medio de transporte programado, desde la capital de provincia de la persona usuaria hasta el hotel de destino y regreso, excepto en la modalidad de viajes sin transporte y viajes a capitales de provincia.
Póliza de seguros colectiva.
Servicio de medicina general, complementario de la Seguridad Social, en el propio hotel, excepto para los viajes de turismo de interior.
Programa de animación socio-cultural.
Teléfono de atención e información
Existe a disposición de las personas solicitantes el teléfono de información 91 266 77 13, operativo de lunes a viernes.
La presentación de nuevas solicitudes se puede realizar de forma telemática a través de la Sede Electrónica del Imserso. El acceso a la solicitud de este procedimiento no requiere autenticación electrónica (Cl@ve, certificado electrónico o DNI electrónico) por parte de la persona interesada.